miércoles, 26 de octubre de 2011

b. ¿Es legal negarse a atender un paciente?

Encontré este paper que me pareció atingente al tema y que trata de una situación a la probablemente nos veamos enfrentados en el futuro. Les dejo un extracto:

"En vista de la discriminación de la cual es victima las personas con VIH/SIDA, la Federación Dental Internacional (FDI) propuso una serie de lineamientos éticos entre los cuales manifiesta el deber que tiene el odontólogo, como profesional de la salud, a salvaguardar la salud oral de todos sus pacientes independientemente de su condición individual. Sin embargo el odontólogo puede negarse a tratar a un paciente por conductas rebeldes y de no cooperación, problemas financieros y de personalidad, así como por carencia de equipos, lo cual dificultaría la continuidad del tratamiento, pero nunca podrá negarse a realizar emergencias, por razones humanitarias o en caso donde las leyes del país dicten lo contrario.

Basándose en el principio bioético de justicia la FDI emite una Declaración en noviembre del 2000, referente al VIH y otras infecciones transmitidas por vía sanguínea la cual determina: "No se debe negar atención dental a los pacientes con VIH y otras infecciones transmitidas por vía sanguínea, simplemente a causa de su infección.

En el año 2002, código de la ADA, determina" Un odontólogo tiene la obligación de brindar asistencia aquellos pacientes que necesiten sus servicios. Una decisión de no brindar tratamiento a un paciente debido a que es portador del VIH/SIDA, tomando en cuanta solamente ese motivo, no es ético. El odontólogo podrá referir al paciente con VIH/SIDA a otro odontólogo solo cuando no posea la habilidad, conocimiento, experiencia o equipos necesarios para la realización del tratamiento requerido y después de haber consultado con el medico tratante".

En cuanto al caso clínico, la paciente pide la realización de un procedimiento que no está indicado en su caso, o más bien, se realizaría como última instancia, existiendo otras alternativas más beneficiosas para ella.
Realizar la exodoncia de sus dientes remanentes, en vez de intentar mantener en boca aquellos que se pueda, se contrapondría con el principio de no maleficencia.
A pesar de ser jerárquicamente muy importante el principio de autonomía, este no puede contraponerse a otro.
La autonomía del paciente debe respetarse si éste desea no realizar tratamientos que él no considera en su beneficio, siempre y cuando esté en posesión de toda su voluntad y conciencia, y siempre y cuando también no implique la realización de un daño a su salud y a su vez, que no signifique un riesgo a su vida.

En el caso propuesto, considero que la odontóloga no debiese aceptar realizar la exodoncia de las piezas remanentes que se encuentran sanas o puedan tratarse para mantenerlas mayor tiempo en boca en condiciones aceptables, en cambio, debe instruir a la paciente y fomentar actitudes que le permitan mantenerlas en estado de salud y que no signifiquen más complicaciones, y si ésta, aún asi, no desea un tratamiento conservador se puede recurrir a dos elementos:

- - Optar por no atender a la paciente y que ella tome una resolución con otro profesional que acepte tratarla.

- - Realizar el tratamiento previa firma de un consentimiento informado, correctamente formulado y ejecutado, pues será el respaldo fundamental para la posteridad.

http://www.actaodontologica.com/ediciones/2008/1/asistencia_odontologica_personas_vih_sida.asp

1 comentario:

  1. Si bien en la legislacion que rige el actuar profesional de los cirujanos dentistas en nuestro país, no existe alguna que impida al odontólogo negarse a atender a un paciente.Existe un compromiso de carácter ético para entregar atención a quienes acudan a consultarnos.
    Si un paciente con una condición determinada (por ejemplo, Paciente VIH+) nos solicita un tratamiento y nosotros no queremos atenderlo porque no nos sentimos capacitados, podemos no atenderlo debido a que no existe legislación que nos obligue a hacerlo. Sin embargo, éticamente no podemos dejar a un paciente sin atención, y por lo mismo, debemos derivarlo a un profesional que pueda responder sus necesidades.El mismo concepto de ética nos lleva a situaciones en que es mejor no atender al paciente, sino que derivarlo a un profesional mejor calificado para su atención. Estas situaciones pueden ser falta de habilidad, conocimiento, experiencia o de los equipos necesarios para realizar el tratamiento requerido.
    Para finalizar, el concepto de atención no se debe asociar sólo a tratamiento, sino también incluye evaluaciones, interconsultas, derivaciones entre otras acciones, por ende, a mi juicio, la atención dental no se debe negar.

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