j. El realizar las exodoncias, constituiría un acto de Mala Praxis?

Definición Conceptual de Mala Praxis: Existirá mala praxis en el área de la salud, cuando se provoque un daño en el cuerpo o en la salud de la persona humana, sea este daño parcial o total, limitado en el tiempo o permanente, como consecuencias de un accionar profesional realizado con imprudencia o negligencia, impericia en su profesión o por inobservancia de los reglamentos o deberes a su cargo con apartamiento de la normativa legal aplicable.

Impericia: Está genéricamente determinada por la insuficiencia de conocimientos para la atención del caso, que se presumen y se consideran adquiridos, por la obtención del título profesional y el ejercicio de la profesión.

Imprudencia: Entendida como falta de tacto, ausencia de moderación y racionalidad, de mesura, de la cautela, precaución, discernimiento y buen juicio debidos, por parte del profesional de la salud.

Negligencia: Es la falta de cuidado y abandono de las pautas de tratamiento, asepsia y seguimiento del paciente, que están indicadas y forman parte de los estudios en las profesiones de la salud.

Inobservancia de reglamentos: Incumplimiento de los reglamentos o deberes a cargo del profesional, u órdenes o exigencias verbales o escritas, dispuestas con fines de prevención de un daño por un superior responsable.

Aunque las piezas remanentes en boca de la paciente no están sanas, éstas pueden ser mantenidas por un tiempo más realizando el tratamiento apropiado e inculcando en la paciente hábitos de higiene oral. Por lo tanto, la extracción de éstas constituiría un acto de mala praxis realizado con Imprudencia.

Recomendaciones que pueden ayudar a evitar el riesgo de demandas por mala práctica:

-Escuchar al paciente, el dentista no debe creer saber lo que el paciente quiere o necesita.
-Dar instrucciones post-operatorias verbalmente y por escrito. El dentista no debe asumir que su paciente entendió lo que puede pasar durante el tratamiento.
-Asegurarse de que las expectativas del paciente sean reales. Nunca hacer promesas que no se puedan cumplir.
-Ser minucioso al examinar y diagnosticar. Nunca se deben comprometer los parámetros de salud por los intereses económicos.
-Conocer las limitaciones propias. Nunca realizar tratamientos fuera de la zona de conocimiento propio.
-Informar al paciente cuando las situaciones o resultados sean adversos. Nunca intentar esconder lo que ha pasado.
-Tener un archivo escrito de lo que se ha hecho o dicho (Ficha clínica).
-Discutir los costos y hacer los arreglos financieros con anterioridad.
-Discutir alternativas, riesgos y complicaciones. Nunca proceder sin el consentimiento informado del paciente.
-Desarrollar y mantener con el paciente una relación basada en el mutuo respeto y confianza.


TORRES-QUINTANA, María Angélica  y  ROMO O, Fernando. BIOÉTICA Y EJERCICIO PROFESIONAL DE LA ODONTOLOGÍA. Acta bioeth. [online]. 2006, vol.12, n.1 [citado  2009-07-30], pp. 65-74.
Coy K, Stratton R. Avoiding your greatest fear-malpractice. Journal of Oklahoma Dentist Association 2002; 93: 18-27.

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